Comisión de Control
Título de la sección Comisión de Control
Miembros:
Presidente: se elegirá un vocal del Consejo Rector que pertenezca al Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación
Vocales: de dos a cuatro personas elegidas entre los miembros del Consejo Rector. No deben tener responsabilidades directas en la gestión de la Agencia.
Secretario
Le corresponden entre otras las siguientes funciones (R.D. 1413/2007 Cap. IV, art. 15):
Informar al Consejo Rector sobre la ejecución del Contrato de Gestión y sobre la ejecución del presupuesto de la Agencia
Recabar información sobre los sistemas de control y procedimientos internos establecidos para asegurar el debido cumplimiento de disposiciones legales
- Determinar la información económico-financiera que ha de remitirse al Consejo Rector
Se reunirá al menos trimestralmente.
Información actualizada el: 02/08/2022
ENLACES DE INTERÉS